En medio de las presiones que el Presidente Andrés Manuel López Obrador admitió haber ejercido contra los ministros, la Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó ayer eliminar por completo la prisión preventiva oficiosa que el Artículo 19 de la Constitución ordena para 16 delitos.
El proyecto del Ministro Luis María Aguilar que planteaba eliminar esa figura sólo fue apoyado por sus colegas Arturo Zaldívar, Norma Piña y Alfredo Gutiérrez, quienes coincidieron en que viola derechos humanos que prevén tanto la propia Constitución como tratados internacionales.
El Ejecutivo federal defendió todo el tiempo mantener el recurso legal, vigente actualmente para 16 delitos, y argumentó públicamente que eliminarlo iría en contra de su estrategia de seguridad.
La prisión preventiva oficiosa es la que se dicta a la persona por el mero hecho de ser acusada por uno de los delitos que prevé el Artículo 19, para que esté recluida durante el proceso mientras se resuelve si es culpable, lo que en muchos casos se prolonga durante años.
La mayoría de los ministros argumentó no tener la facultad de controlar la Constitución, inaplicar sus normas o derogarlas de facto, pues la Corte es un poder constituido por la propia Carta Magna, no un poder constituyente y, por tanto, sólo puede vigilar que las leyes secundarias se ajusten a la Ley Suprema.
«Se instauraría de facto un Gobierno de jueces», advirtió Margarita Ríos-Farjat, «inaplicar el día de hoy una disposición de nuestra ley fundamental equivale a invalidarla, y eso representa un punto de no retorno en la historia constitucional de México. Jamás podríamos volver. Una vez tocada por nosotros la Constitución, esa puerta siempre quedaría abierta».