La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó un amparo en forma definitiva al exgobernador de Tamaulipas, Eugenio Hernández Flores, contra la constitucionalidad de un artículo de la Ley de Extradición y de dos preceptos del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos de América.
Al resolver un amparo en revisión presentado por la defensa del exgobernador priista –acusado por una Corte de Distrito del estado de Texas por los delitos de lavado de dinero, fraude bancario y operación sin licencia de un negocio de envíos de dinero–, la Primera Sala de la Corte ratificó la constitucionalidad de los artículos 3 y 13 del Tratado de Extradición vigente entre México y la Unión Americana, así como el primer artículo de la Ley de Extradición Internacional.
Por votación unánime, los ministros de la Primera Sala de la Corte concluyeron que los artículos impugnados no violan el derecho a la igualdad y a la no discriminación a que se refiere la Constitución federal en su artículo primero, derivado de las diferencias procesales que existen para aquellas personas que están sujetas a un procedimiento de extradición en comparación con los derechos que gozan quienes son imputados o procesados penalmente en México.
A pesar de que la Suprema Corte analizó la constitucionalidad de las leyes de extradición, la intención de la defensa del exgobernador tamaulipeco era frenar o retrasar la extradición de su cliente, una práctica muy común entre los abogados que defienden a las personas que son solicitadas por el gobierno de Estados Unidos para ser juzgadas en su país.